El Pleno del Congreso aprobó la creación del
Registro de Deudores Judiciales Morosos, que permitirá al propietario de la
vivienda conocer el historial del futuro arrendatario y evitar llevarse
sorpresas o recurrir a litigios de larga duración para que el inquilino
abandone el inmueble.
Por unanimidad, la Representación
Nacional aprobó la modificación del artículo 594° del Código Procesal Civil,
respecto del registro de los arrendatarios morosos. El encargado de sustentar
la iniciativa legislativa fue el congresista Juan Carlos Eguren, Presidente de
la Comisión de Justicia.
El legislador de PPC-APP afirmó que el proyecto ha incorporado un
proyecto del Ejecutivo que propone, en su primer artículo, crear el Registro de
Deudores Judiciales Morosos.
En tanto, el congresista Mariano Portugal
aseguró que, con el dictamen aprobado, el propietario podrá encontrar a los
inquilinos morosos y optará por no alquilar el inmueble a esa persona. “Cualquier
ciudadano que quiera alquilar un bien inmueble entra a la página web del
registro de morosos judiciales. Si alguien quiere alquilar un local vemos que
esté limpio y no tenga moras por alquiler”, comentó.
Además de este registro, el proyecto
aprobado también reducirá el periodo de expulsión de un arrendatario que no
cumpla con las obligaciones de pago. “Aquel inquilino que no pague en
su oportunidad, a los dos meses y 15 días tiene que desocupar porque se somete
a un allanamiento voluntario”, apuntó.
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